LA CASA VERDE
LA CASA VERDE
LA CASA VERDE
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.

LA CASA VERDE

Foro donde expresar con educación y respeto todos los temas relacionados con la Guardia Civil
 
ÍndiceÍndice  Últimas imágenesÚltimas imágenes  RegistrarseRegistrarse  Conectarse  
Mejores posteadores
pkm (1560)
SERVICIO FISCAL Vote_lcap2SERVICIO FISCAL Voting_barSERVICIO FISCAL Vote_rcap2 
BRUJA (485)
SERVICIO FISCAL Vote_lcap2SERVICIO FISCAL Voting_barSERVICIO FISCAL Vote_rcap2 
marien (347)
SERVICIO FISCAL Vote_lcap2SERVICIO FISCAL Voting_barSERVICIO FISCAL Vote_rcap2 
terfecio (199)
SERVICIO FISCAL Vote_lcap2SERVICIO FISCAL Voting_barSERVICIO FISCAL Vote_rcap2 
jose francisco (175)
SERVICIO FISCAL Vote_lcap2SERVICIO FISCAL Voting_barSERVICIO FISCAL Vote_rcap2 
ERA (126)
SERVICIO FISCAL Vote_lcap2SERVICIO FISCAL Voting_barSERVICIO FISCAL Vote_rcap2 
Big (61)
SERVICIO FISCAL Vote_lcap2SERVICIO FISCAL Voting_barSERVICIO FISCAL Vote_rcap2 
PIENSOENVERDE (57)
SERVICIO FISCAL Vote_lcap2SERVICIO FISCAL Voting_barSERVICIO FISCAL Vote_rcap2 
MARIA (29)
SERVICIO FISCAL Vote_lcap2SERVICIO FISCAL Voting_barSERVICIO FISCAL Vote_rcap2 
pepelu (25)
SERVICIO FISCAL Vote_lcap2SERVICIO FISCAL Voting_barSERVICIO FISCAL Vote_rcap2 
Sondeo
Estadísticas
Tenemos 106 miembros registrados
El último usuario registrado es Foncfrijacom

Nuestros miembros han publicado un total de 351 mensajes en 61 argumentos.

 

 SERVICIO FISCAL

Ir abajo 
AutorMensaje
pkm
ADMIN
ADMIN
pkm


Cantidad de envíos : 1560
Fecha de inscripción : 19/05/2009
Edad : 55
Localización : ESPAÑA

SERVICIO FISCAL Empty
MensajeTema: SERVICIO FISCAL   SERVICIO FISCAL EmptyLun Sep 06, 2010 8:49 pm

Todo lo relacionado con el Servicio Fiscal de la Guardia Civil
INTRODUCCIÓN | COMETIDOS | ORGANIZACIÓN

SERVICIO FISCAL DE LA GUARDIA CIVIL

INTRODUCCIÓN

Por Ley de 15 de marzo de 1940 el Cuerpo de Carabineros se fusionó con el de la Guardia Civil, asumiendo este último las funciones de resguardo fiscal del Estado a aquél encomendadas.

Desde entonces el Servicio Fiscal ha sido el encargado de desempeñar dichas funciones, para lo cual ha ido evolucionando en su estructura, dependencia y funcionamiento para adaptarse a la normativa vigente en cada momento.

La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en su artículo 12 apartado B), letra b), establece que la Guardia Civil ejercerá las competencias relativas al resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando.

La incorporación de España a la Comunidad Económica Europea, lleva consigo la supresión de las fronteras interiores y el reforzamiento de las exteriores y por tanto la necesaria reorganización de la estructura del Servicio Fiscal de la Guardia Civil, para dotarla de la infraestructura adecuada que le permita cumplir sus misiones con la mayor eficacia posible.

COMETIDOS

- Realizar las operaciones encaminadas a prevenir y perseguir el contrabando y demás infracciones de carácter fiscal, en todo el territorio nacional. - Colaborar en la custodia de las costas, fronteras, puertos y aeropuertos.

- Prestar, en todos los recintos aduaneros habilitados, los servicios encaminados a evitar que de los mismos salgan mercancías que no hayan sido legalmente despachadas, y aquellos otros que como Resguardo Fiscal Aduanero le sean encomendados. - Impedir la ilegal entrada y salida por las fronteras exteriores, de cualquier clase de mercancías. - Controlar la circulación de géneros y efectos sometidos a requisitos de signo, marca o documento reglamentario en todo el territorio nacional. - Velar por el cumplimiento de la legislación vigente en la materia e investigar toda clase de infracciones de naturaleza fiscal, colaborando con las Autoridades Judiciales, Administrativas y otros organismos competentes.

ORGANIZACIÓN:

Jefatura del Servicio Fiscal. Estará a cargo de un Coronel de la Guardia Civil, en situación de activo le corresponde:

- Estudiar y proponer las normas de organización y funcionamiento de los Órganos de dicha Jefatura.

- Elaborar la doctrina del Servicio y proponer su difusión.

- Adquirir, centralizar, elaborar y difundir la información de naturaleza fiscal.

- Relacionarse, cooperar y colaborar en materia fiscal con los órganos de la Administración y con los Organismos de análoga naturaleza, nacionales o extranjeros, para los cuales haya sido autorizado.

- Elaborar los proyectos de instrucciones, normas técnicas y estudios de interés para el Servicio

- Planificar, dirigir y ejecutar los servicios e investigaciones especializadas en el área fiscal, que en razón de los objetivos, importancia o trascendencia, ámbito territorial o cualificación de los medios técnicos o procedimientos a emplear, así lo requieran.

- Estudiar, valorar y proponer las necesidades del Servicio en relación con los recursos humanos y materiales, así como colaborar en la selección y formación del personal.

- Estudiar y proponer la actualización del despliegue de las Unidades del Servicio, en función del análisis y valoración de los diversos factores que incidan en la operatividad y eficacia del servicio.

Personal y doctrina. Operaciones. Material y adquisiciones.

Relaciones externas. Departamento Central de Especialistas Fiscales

Sección de Recintos Aduaneros. Sección de Fronteras. Sección de Estudios.

Departamento Central Antidroga y Fiscal

- Sección de Documentación y Estadística.

- Sección de Análisis y Mecanización.

- Sección de Fuentes.

- Unidad Central de Investigación Fiscal y Antidroga (UCIFA).

Organización periférica del Servicio Fiscal.

Servicio Fiscal de Zona.

Sección de Investigación Fiscal y Antidroga (SIFA). - Grupos Operativos (Investigación y Apoyo).

Servicio Fiscal de la Comandancia.

Constituye el órgano especializado en materia fiscal y estará a cargo del Comandante segundo Jefe, quien ejercerá la coordinación e inspección de todas las Unidades Fiscales, para lo que dispondrá de los medios personales y materiales necesarios.

Misiones

- Adquirir información de naturaleza fiscal que se recoja en el Plan Permanente de Información.

- Elaborar las propuestas de necesidades de todo orden y los estudios que le sean encomendados.

- Coordinar e inspeccionar los servicios fiscales de la demarcación de la Unidad.

- Mantener enlace, coordinación y colaboración con los Órganos territoriales de Hacienda, Justicia y otros, en materias relacionadas con la especialidad.

Organización:

Servicio en Recintos Aduaneros.

Será el encargado de ejercer en los recintos aduaneros las funciones señaladas en las Ordenanzas Generales de la Renta de Aduanas y demás disposiciones complementarias, constituyendo el resguardo fiscal del Estado.

En función del servicio a prestar y según su entidad estas Unidades de Especialistas Fiscales se constituirán en Compañías, Secciones y Puestos.

El mando de la Unidad de Especialistas Fiscales de cada recinto, ostentará la condición de Jefe del Resguardo a los efectos que se señalan en las vigentes Ordenanzas de Aduanas.

Las Unidades de Especialistas Fiscales de la Guardia Civil en recintos aduaneros, dependen funcionalmente de los Administradores de las Aduanas y Puertos Francos, exclusivamente en cuanto se refiere a los servicios que, en dichos recintos, deban prestar como Resguardo Fiscal Aduanero.

Orgánicamente dependen del mando de la Unidad territorial superior donde está enclavada.

Servicio en las Fronteras Interiores.

Tendrá como misión ejercer en las áreas fronterizas las funciones que se le encomienden por la Administración, de acuerdo con la normativa comunitaria vigente al respecto.

Para el desempeño de sus funciones, cada Compañía con demarcación territorial en las fronteras interiores estará dotada de una Unidad Fiscal, de composición variable.

El mando de estas Unidades será ejercido por el Capitán de la Compañía Territorial.

Servicio en Puertos y Costas.

La vigilancia fiscal en tierra de las costas y puertos deportivos y pesqueros no habilitados aduaneramente, corresponde a las Unidades Territoriales de la Guardia Civil con demarcación costera.

Las misiones a desempeñar son las establecidas para el Resguardo Fiscal terrestre en las vigentes Ordenanzas Generales de la Renta de Aduanas.

Para el cumplimiento específico de este cometido, y sin perjuicio del servicio que con carácter general lleven a cabo las Unidades territoriales del Cuerpo, las Compañías con demarcación costera estarán dotadas de Patrullas de Puertos y Costas, de composición variable.

El mando de estas Patrullas corresponde al Capitán de la Compañía territorial.

Grupo de Investigación Fiscal y Antidroga (GIFA).

En cada Comandancia se constituirá un GIFA, cuya composición y plantilla será adecuada a la problemática de su demarcación.

Con carácter excepcional y cuando circunstancias extraordinarias así lo aconsejen, la Subdirección General de Operaciones podrá constituir Subgrupos de Investigación Fiscal y Antidroga, cuya composición, mando, funciones, dependencias y zonas de actuación serán expresamente señaladas en cada caso.

A estos Grupos les corresponde:

- Obtener información de naturaleza fiscal.

- Ejecutar los servicios e investigaciones especializadas para perseguir y reprimir el contrabando y el fraude fiscal.

El mando del GIFA, será ejercido por un Oficial o Suboficial de la Guardia Civil, en situación de activo.

En cada GIFA,s de Comandancia podrán constituirse los Grupos Operativos que la problemática de su ámbito de actuación exija.
Volver arriba Ir abajo
https://lacasaverde.forosactivos.net
 
SERVICIO FISCAL
Volver arriba 
Página 1 de 1.

Permisos de este foro:No puedes responder a temas en este foro.
LA CASA VERDE :: Especialidades-
Cambiar a: