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 AGRUPACIÓN DE TRÁFICO

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pkm
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MensajeTema: AGRUPACIÓN DE TRÁFICO   AGRUPACIÓN DE TRÁFICO EmptyLun Sep 06, 2010 8:52 pm

COMETIDOS | ORGANIZACIÓN | PERSONAL

AGRUPACIÓN DE TRÁFICO

El Real Decreto 367/1.997, de 14 de Marzo, de organización periférica de la Guardia Civil, siguiendo criterios de simplificación y racionalización administrativa, establece la plena adecuación de la estructura territorial del Cuerpo a la realidad autonómica del Estado, haciendo coincidir la demarcación de cada Zona con el territorio de una sola Comunidad Autónoma, con la finalidad de mejorar la coordinación de los servicios y la colaboración con los Gobiernos autonómicos. Así mismo, a consecuencia de este Real Decreto se ha procedido a la reorganización de las Jefaturas de Zona mediante la Orden General 23/1.998, de 11 de Septiembre, ajustando la orgánica de las mismas al nuevo despliegue.

A esta nueva realidad se debe adaptar también la Agrupación de Tráfico para que, conservando la unidad de mando inherente a la naturaleza militar del Cuerpo, adecue su despliegue, en la medida de lo posible, al de las restantes Unidades territoriales, y de igual modo que éstas, simplifique la organización vertical de su estructura operativa, mediante la supresión del escalón Subagrupación.

Por otra parte, la necesidad de armonización de los conceptos doctrinales que son de general aplicación, aconsejan compilar en una sola Orden General la dispersa normativa reguladora de la Agrupación por lo que respecta a la prestación de su servicio específico, su organización y despliegue, las condiciones de ingreso, permanencia y baja del personal, y la Escuela de Tráfico.

La Agrupación de Tráfico es la Unidad funcional de la Fuerza Operativa de la Guardia Civil, especializada y específicamente concebida, preparada y organizada para el ejercicio de las funciones asignadas al Cuerpo en materias de tráfico, transporte y seguridad vial.

COMETIDOS

La Agrupación de Tráfico tiene como misión específica la vigilancia, regulación, auxilio y control del tráfico y del transporte y la seguridad vial en el ámbito de las vías interurbanas. Esta misión se desarrolla en los siguientes cometidos fundamentales: - Proteger y auxiliar a los usuarios de las vías públicas. - Vigilar y mantener la disciplina del tráfico en toda clase de vías interurbanas y en los tramos urbanos de las carreteras generales no expresamente asignados a las Policías Locales. - Custodiar las vías de comunicación citadas en el párrafo anterior. - Investigar e instruir las diligencias por accidentes de tráfico ocurridos en las vías de uso público, a excepción de las que discurran por el interior de los cascos urbanos donde tenga asignada la competencia la Policía Local. - Vigilar el cumplimiento de la normativa sobre transportes por carretera.

ORGANIZACIÓN

Mando. Ejercido por un Oficial General de la Guardia Civil, en situación de servicio activo, el cual dispone de una Secretaría de Mando como órgano de asistencia personal e inmediata.

Jefatura de Operaciones. Al mando de un Coronel de la Guardia Civil en situación de servicio activo y en posesión del Curso de Información sobre Circulación y Tráfico para Oficiales, es el órgano auxiliar del General Jefe de la Agrupación que, dentro del marco de las atribuciones que éste le fije, asume los cometidos de dirigir, impulsar y vigilar la ejecución del servicio de las Unidades Operativas. Se encuadra en esta Jefatura la Unidad Central de Policía Judicial del Automóvil que, al mando de un Oficial de la Guardia Civil en situación de servicio activo y en posesión del Curso Superior de especialista en Policía Judicial, tiene como misión específica investigar y analizar los delitos y conductas irregulares relacionadas con el automóvil, la seguridad vial y el transporte que rebasen el ámbito de actuación de un Sector o aquellas otras de aquella naturaleza que expresamente se le encomienden.

Jefatura de Recursos Humanos. Al mando de un Coronel de la Guardia Civil, en situación de servicio activo, es el órgano auxiliar del General Jefe de la Agrupación que, dentro de las atribuciones que éste le fije, asume la gestión del personal en la Agrupación de Tráfico.

Jefatura de Recursos Materiales. Al mando de un Coronel de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es el órgano auxiliar del General Jefe de la Agrupación en el aspecto logístico y del manejo de los recursos de Caja puestos a disposición de las Unidades.

Asesoría Jurídica. Es el órgano consultivo y asesor en materia jurídica del General Jefe de la Agrupación, con dependencia directa del mismo, sin perjuicio de su relación funcional con la Asesoría Jurídica de la Dirección General. Estará a cargo de un miembro del Cuerpo Jurídico Militar en situación de servicio activo.

Organización periférica. Las Unidades operativas pueden responder a una organización permanente o revestirse de un carácter temporal conformando Agrupamientos operativos. Las unidades operativas de la organización periférica permanente las constituyen los siguientes escalones de mando: Sector, Subsector y Destacamento. El despliegue de los Sectores y Subsectores es el que se detalla *

Sector. Es la Unidad de mando, coordinación e inspección de los servicios en el ámbito de una o más Comunidades Autónomas. Su Jefatura corresponde a un Teniente Coronel o Comandante de la Guardia Civil, en situación de servicio activo. En los Sectores mandados por Teniente Coronel existirán uno o varios Comandantes Inspectores de Servicios, interpuestos en la cadena de Mando a efectos operativos.

Subsector. Es la Unidad fundamental de mando, planificación, ejecución y coordinación de los servicios, normalmente, en el ámbito provincial. Su Jefatura corresponde a un Capitán de la Guardia Civil en situación de servicio activo.

Destacamento. Es la Unidad elemental de ejecución del servicio en el ámbito de la red viaria provincial que se le asigne. Su mando es desempeñado por un Oficial o Suboficial de la Guardia Civil en situación de servicio activo.

Destacamentos Especiales. Pueden constituirse para el desempeño de cometidos específicos, o la asignación de tramos de red viaria correspondientes a más de una Comunidad Autónoma o provincia, así como otros integrados en las Planas Mayores de Sector y Subsector como Unidades de reserva de aquéllas.

Escuela de Tráfico. Es el centro docente militar de especialización que, al mando de un Coronel de la Guardia Civil en situación de servicio activo, asume la responsabilidad de capacitar para el cumplimiento de su misión específica al personal que ha de prestar su servicio en la Agrupación de Tráfico, incluso la de expedir los permisos de conducción que habilitan para conducir vehículos oficiales del Cuerpo.

RELACIONES Y DEPENDENCIAS

- La Agrupación de Tráfico, integrada orgánicamente en la Subdirección General de Operaciones, depende de la Dirección General de la Guardia Civil en lo concerniente a su servicio no específico, personal, disciplina, armamento, uniformidad, enseñanza, instrucción y haberes. - En lo concerniente a su servicio específico, la Agrupación de Tráfico depende de la Dirección General de Tráfico. Dentro del marco normativo en vigor, las relaciones y dependencias de la Agrupación se concretan, en cada momento, en las Normas Conjuntas, elaboradas y aprobadas conjuntamente por las Direcciones Generales de Tráfico y de la Guardia Civil. - La Agrupación de Tráfico colaborará con los Ministerios y Órganos Directivos de la Administración Central del Estado competentes en materia de tráfico, transporte y carreteras, así como con los órganos de los distintos Gobiernos autonómicos que tengan asignadas las atribuciones sobre aquéllas. - Sin perjuicio de su encuadramiento en la Jefatura de Operaciones, la Unidad Central de Policía Judicial del Automóvil mantendrá relación funcional con la Jefatura del Servicio de Policía Judicial. En la ejecución de sus cometidos referentes a la averiguación del delito y aseguramiento del delincuente, así como los previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial, esta Unidad Central depende funcionalmente del Juez, Tribunal o miembro del Ministerio Fiscal que estén conociendo de la investigación. - La Escuela de Tráfico depende orgánica y funcionalmente de la Jefatura de la Agrupación de Tráfico y técnicamente de la Jefatura de Enseñanza para la elaboración de planes y programas de estudio. A efectos de enseñanza, la Escuela de Tráfico funcionará en régimen de colaboración con la Dirección General de Tráfico.

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

- El personal del Cuerpo destinado en la Agrupación de Tráfico, en su condición de guardias civiles, tienen todas las facultades y obligaciones inherentes a aquéllos. Consecuentemente, se les podrán asignar cometidos derivados de la misión genérica encomendada al Cuerpo en las condiciones que se especifiquen en las Normas Conjuntas. - A las Fuerzas de la Agrupación de Tráfico sólo podrán encomendárseles otros cometidos o misiones distintas a las asignadas a esta Unidad funcional por motivos de urgencia o cuando graves razones de orden público o de seguridad del Estado así lo demanden, debiendo, en todo caso y a la mayor brevedad, dar cuenta a los mandos competentes de la Agrupación y regresando al servicio específico de su especialidad tan pronto como sea posible. - Las fuerzas de la Agrupación basarán su actuación en los principios de cooperación y colaboración recíproca con el resto de Unidades del Cuerpo, tanto en el cumplimiento de las misiones especificas de la Agrupación de Tráfico, como las genéricas de la Guardia Civil y, en especial, en la persecución de conductas delictivas que, ajenas a la seguridad vial o el mundo del automóvil, puedan detectarse en carretera. En este sentido, la norma general de procedimiento, es el inmediato encauzamiento de la información o el servicio iniciado hacia la Unidad correspondiente, una vez practicadas, con la mayor celeridad, las diligencias de carácter urgente. - La presencia sobre las vías, el adecuado empleo de los procedimientos y medios técnicos, la velocidad de respuesta y el exquisito trato con los usuarios de aquéllas son elementos esenciales de la calidad y eficacia de los servicios que presta la Agrupación de Tráfico en el ámbito de la seguridad vial. - Las peculiares características de la circulación y el tráfico por carretera, más concretamente sus aspectos de previsibilidad de flujos, concreción de los tramos de mayor conflictividad y determinación de los factores de riesgo o alteración que concurren en las vías, obligan a todos los mandos de la Agrupación de Tráfico a realizar una minuciosa planificación operativa que garantice el más eficiente empleo de los recursos y potencie la eficacia de las Unidades operativas. - En el Manual de la Agrupación de Tráfico se detallarán estas normas de funcionamiento, así como la regulación del régimen y modalidades de prestación del servicio, en base a las características y circunstancias temporales que concurren en la misión específica de las Unidades Operativas y de los cometidos asignados a cada unidad o puesto de servicio concreto.

PERSONAL.

Vacantes. Las vacantes de la Agrupación de Tráfico serán las que, en cada momento, se determinen en el Catálogo de Puestos de Trabajo, en el que se incluirá un Oficial Superior DEM.

Clasificación de los Puestos de Servicio. Atendiendo a los cometidos específicos a desempeñar por los componentes de esta Unidad, los puestos de servicio se clasifican en: - Mando. - Motoristas. - Investigación del automóvil. - Oficinas. - Puestos de servicio específicos.

Ingreso y permanencia. Para la provisión de las vacantes y la permanencia en los destinos son requisitos imprescindibles: - La posesión de la titulación habilitante. - La acreditación permanente de la aptitud física, psíquica o técnica que, para cada puesto de servicio, se determine.

Titulación habilitante. El ejercicio del mando y la prestación de servicio operativo en las Unidades de la Agrupación de Tráfico requieren estar en posesión de alguno de los títulos siguientes: Diploma de Información sobre Circulación y Tráfico para Oficiales. Diploma del Curso Básico de Tráfico, modalidad Motorista. Diploma del Curso Básico de Tráfico, modalidad Atestados. Diploma de mecánico de Transmisiones. Los tres primeros se obtendrán tras la superación del correspondiente Curso en la Escuela de Tráfico y el cuarto en la Escuela de Transmisiones del Cuerpo. La posesión del Diploma del Curso Básico será tenida en cuenta en el Plan de Estudios para la obtención del Diploma de Información para Oficiales.

Aptitudes. Tanto el personal destinado en las Unidades operativas de la Agrupación, como aquel no destinado en aquéllas que pretenda conservar la aptitud, vendrá obligado a superar cuantas actividades se determinen en la correspondiente Tabla de Aptitudes y Conocimientos así como a presentarse y resultar apto en los reconocimientos médicos y en los cursos o pruebas de actualización o reciclaje para las que sea convocado.

Baja en la Unidad. La resolución de falta de idoneidad para el ejercicio de los cometidos propios del destino se acreditará en el correspondiente expediente y supondrá el cese en el mismo. Esta falta de idoneidad se basará en alguna de las siguientes causas: - No superar los niveles mínimos exigibles según la Tabla de Aptitudes y Conocimientos. - No resultar apto en la evaluación médico-psicológica específica. - No superar los cursos o pruebas de actualización o reciclaje. - No asistir, por segunda vez consecutiva, a las pruebas de acreditación del nivel físico, técnico o reconocimientos médicos para los que hubiere sido citado. - Falta notoria de interés en su función o sostenida escasez de rendimiento en el desempeño de los cometidos propios de su destino. En el Manual de la Agrupación se establecerá el procedimiento para la iniciación, instrucción y finalización del expediente de pérdida de idoneidad en la Unidad que será conforme a lo previsto en la Ley 30/1992. En el Manual se detallará, en cualquier caso, los Mandos facultados para solicitar la realización de las pruebas de acreditación, actualización o reciclaje, los contenidos de la Tabla de Aptitudes y Conocimientos y los órganos competentes para su evaluación.

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